Qué es un Ajuste de Estatus?

Abogado para residencia permanente en Colorado

Esta es la segunda parte de nuestro Blog “Cómo conseguir la Green Card”,  en donde explicaremos ahora el paso a paso de este proceso de manera orientativa.  Es muy importante mencionar que la información aquí contenida es de manera general sólo para ilustrar el camino hacia la Residencia Permanente de los Estados Unidos y NO contempla circunstancias especiales ni cambios que la USCIS realice sin previo aviso. 

 

¿Cuál es el cronograma o pasos a seguir en el Ajuste de Estatus?

  1. Determine con su abogado de inmigración, si es elegible para solicitar una Tarjeta Verde
  2. Usted u otra persona debe presentar una petición de inmigrante por usted (si corresponde)
  3. Verifique la disponibilidad de su visa en el “Boletín de Visas” (si corresponde)
  4. Presentar el formulario I-485 (Muchas veces va acompañado por otros formularios como el: I-765, I-131, I-130, entre otros).
  5. Le enviarán el recibo de su formulario I-485 con el número de caso. Igualmente los recibos de los formularios adicionales que sometió.
  6. Atender la cita de Biométricos (si aplica)
  7. Recibir la aprobación de su permiso de trabajo y de viaje I-765 & I-131 (si aplica)
  8. Acudir a su entrevista (si aplica)
  9. Responder a la solicitud de pruebas adicionales  “RFE” (si corresponde)
  10. Recibir la aprobación final
  11. Recibir la Green Card

OJO: siempre consulte con su abogado de inmigración sobre los formularios adicionales que debe presentar para su caso y los documentos de soporte. 

¿Cuáles son los tiempos promedio de procesamiento?

Los tiempos de procesamiento para un Ajuste de Estatus puede ser  de 8 a 14 meses a partir de que  USCIS envía los recibos de sus formularios (paso 5), este proceso puede tardar de 2 semanas a 1 mes en aceptar su solicitud y enviarle un recibo de confirmación.

 Sin embargo, este cronograma puede variar según el volumen de solicitudes recibidas por USCIS y la complejidad de su caso. Es importante tener paciencia y estar preparado para retrasos en el proceso.

 

¿Cómo verificar su caso en línea?

Puede buscar a través de USCIS para acceder a la página de inicio de sesión AQUI.

Para verificar el estatus de su caso, debe tener el número de recibo de su caso. Este número de recibo es un identificador único de 13 caracteres que USCIS proporciona para cada solicitud o petición que recibe, y se utiliza para identificar y rastrear sus casos.

¿Cómo verificar los tiempos de procesamiento de mi caso?

La página de USCIS provee los tiempos aproximados de procesamiento de cada formulario sometido, es la única fuente de información confiable sobre los tiempos de procesamiento, puede dar click AQUI para acceder. Todas las páginas de USCIS están disponibles en español. 

Debe tener siempre a la mano su recibo del formulario sometido para poder rastrear su caso.

¿Qué es un "RFE"? (¿solicitud de evidencia adicional?)

Una Solicitud de Evidencia Adicional (RFE) es un requerimiento de más pruebas o dudas que han surgido durante la revisión de su caso y ésta es  emitida por USCIS  a los solicitantes de residencia permanente, ciudadanía, visas familiares y visas de empleo. 

Si el oficial de inmigración considera que faltan documentos de soporte que sustente su elegibilidad al beneficio migratorio que aplica,  le enviarán una notificación informándole a detalle la documentación requerida y usted junto con su abogado de inmigración (si aplica) deberán responder tal y como lo indica la solicitud RFE. 

De no enviar la respuesta del RFE en tiempo y forma, puede derivar que su caso sea desestimado o cerrado. 

 

En general, ¿qué sucede en una entrevista de Ajuste de Estatus?

Una vez que los funcionarios de USCIS revisen su caso y determinen que es necesaria una entrevista,  ellos programarán su cita con fecha, hora y lugar en donde se llevará a cabo. A usted le llegará una notificación al domicilio que haya registrado en sus formularios iniciales. 

Usted debe presentarse en una oficina de USCIS tal cual fue notificado para responder preguntas sobre su formulario I-485. 

Cuando vaya a su entrevista, usted (y el miembro de su familia que presentó la petición de inmigrante por usted, si corresponde) deben llevar los originales de toda la documentación presentada con la solicitud del Formulario I-485, incluyendo pasaportes, documentos de viaje oficiales y el Formulario I-94, independientemente de si están vencidos. Además de la documentación extra de soporte que su abogado le recomiende llevar. 

Es importante que usted tenga bien claras las respuestas que proporcionó en sus formularios porque de ahí saldrán las preguntas que le harán y debe demostrar consistencia en los datos, SIN contradicciones o cambios repentinos en la información. 

OJO: es recomendable que tenga una cita de preparación con su abogado de inmigración para que usted esté seguro y tranquilo sobre lo que pasará durante su entrevista final. Las entrevistas pueden variar según el caso, por lo que le recomendamos tener una consulta particular con un experto. 

Cuáles son las tarifas para un Ajuste de Estatus?

USICS ha anunciado un aumento de tarifas a partir del 1 de Abril de 2024, en el cual, los formularios I-485 de Ajuste de Status sufrieron un incremento del 18%.

  1. Para niños menores  de 14 años, aplicando a través de uno de los padres,  el formulario I-485 costará aproximadamente $950 USD.
  2. Para niños menores  de 14 años, que no apliquen a través de alguno de los padres, el formulario I-485 costará aproximadamente $1,440 USD.
  3. Para el resto de las personas, el formulario costará aproximadamente $1,440 contemplando la tarifa de Biométricos.
  4. Para las personas con categoría aprobada de Refugiados,  el Formulario I-485 le costaría un total de $0

Abogado para Green Card en Colorado

Para conocer más a detalle las tarifas migratorias ante la USCIS, visite https://www.uscis.gov/i-485

Abogado de inmigración en Colorado Springs

Qué derechos y responsabilidades tengo, una vez que soy Residente Permanente? 

DERECHOS: 

  1. Vivir permanentemente en los Estados Unidos siempre que no cometa ninguna acción que le haga deportable según la ley de inmigración.
  2. Trabajar en los Estados Unidos en cualquier trabajo legal de su calificación y elección. (Tenga en cuenta que algunos trabajos estarán limitados a ciudadanos estadounidenses por razones de seguridad).
  3. Estar protegido por todas las leyes de los Estados Unidos, su estado de residencia y jurisdicciones locales.
  4. Un Residente Permanente puede peticionar a un familiar de tipo: Cónyugue e hijos solteros. 
  5. Puede tener acceso a ciertos beneficios públicos. 
  6. Puede viajar dentro y fuera de los Estados Unidos. 

RESPONSABILIDADES: 

  1. Se requiere obedecer todas las leyes de los Estados Unidos y las localidades.
  2. Debe presentar sus declaraciones de impuestos sobre la renta y declarar sus ingresos al Servicio de Impuestos Internos de EE. UU. y a las autoridades tributarias estatales;
  3. Se espera que apoye la forma democrática de gobierno (“el apoyo” no incluye la votación. Los residentes permanentes no pueden votar en las elecciones federales, estatales o locales); y
  4. Requerido para registrarse en el Servicio Selectivo, si es un hombre de 18 a 25 años.
  5. No podrá vivir fuera de los Estados Unidos por mas 180 días consecutivos.

Soy Residente Permanente, me pueden deportar?

Sí. Pero solamente un juez de inmigración puede tomar esta decisión y tiene que estar justificado por algún crimen que usted haya cometido. 

Debe saber que un agente de Inmigración no puede deportarlo y siempre es recomendable que usted pida hablar con un juez y con su abogado criminal y/o de inmigración. 

Si usted ha sido convicto de un crimen, especialmente desde que se convirtió en Residente Permanente, consulte un abogado de inmigración para ver como impactaría su estatus. Usted pudiera ser elegible: 

  1. Para un perdón o alguna defensa en una corte de Inmigración y/o 
  2. Para limpiar su récord criminal para que no impacte su estatus.    

Si la situación criminal supera sus posibilidades de conservar la Residencia Permanente, entonces le quitarán de manera permanente su estatus y podrá ser sujeto a deportación. 

¿Cuántos años hay que esperar para solicitar la ciudadanía?

Puede calificar para la naturalización si tiene al menos 18 años y ha sido residente permanente durante al menos 5 años. 

Para aquellos que aplicaron a la Residencia Permanente a través del matrimonio, el tiempo de espera es de 3 años si su cónyuge es ciudadano estadounidense  y si cumple con todos los demás requisitos de elegibilidad.

En Izaguirre Law Firm podemos ayudarle con su  Ajuste de Estatus si está  basado en las siguientes categorías: 

  1. Familiar
  2. Inmigrante especial como Menores de Edad no acompañados.
  3. Visas humanitarias T/U
  4. VAWA
  5. Ajuste Cubano

Descargo de Responsabilidad: 

El contenido de este blog es realizado únicamente para fines informativos y no  constituye una consulta o recomendación legal. Siempre es aconsejable acudir con un abogado de inmigración para que analice su caso en particular y le brinde las opciones posibles a las que usted es elegible. 

Citizenship Immigration Lawyer in Colorado

Si usted se encuentra en los Estados Unidos, llámenos para arreglar su estatus migratorio!!

Habla con un asesor